Caídas en establecimientos Públicos

PRINCIPALES CAUSAS DE LAS CAÍDAS EN ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

Los establecimientos públicos en los que se suelen producir más habitualmente caídas son los centros comerciales, hoteles, restaurantes, salas de celebraciones, piscinas, estaciones y aeropuertos. Las principales causas de estas caídas se deben al mal estado del pavimento, y de su limpieza o conservación o bien a que el pavimento sea inadecuado. No obstante no es suficiente con que se produzca la caída para que exista derecho a la indemnización, es necesario que exista además culpa o negligencia del titular del establecimiento en el mantenimiento, conservación y/o señalización del elemento que puede producir esa caída.

Por nuestra experiencia los casos de caídas por pavimento en mal estado o pavimento inadecuado son los más habituales pero también los que menos se reclaman, ya que solemos pensar que la caída ha sido por nuestra torpeza, cuando en muchos casos se debe a que el pavimento utilizado por el establecimiento no es el adecuado porque no cumple con la normativa de resbaladicidad o existe alguna zona mojada y resbaladiza no señalizada adecuadamente. Por ello es muy importante que nos consultes gratuitamente en todo caso, para analizar la viabilidad de la reclamación.

La responsable de todos estos daños serán los titulares de los establecimientos, siendo a estos a los que habrá que reclamar por los daños sufridos. Esta responsabilidad se conoce como Responsabilidad Civil.

¿CÓMO DEBEMOS ACTUAR ANTE UNA CAÍDA EN UN ESTABLECIMIENTO PÚBLICO?

  1. Llamar a la Policía para que levante un atestado.
  2. Sacar fotos del lugar que permitan acreditar el mal estado del pavimento o del origen del daño. Si tu no puedes, aconsejamos que llames inmediatamente a un familiar, amigo o persona de confianza para que acuda lo antes posible al lugar del accidente y lo haga por ti.
  3. Si hay testigos pedirles que se queden para facilitar sus datos a la Policía, y si ésta no acude, apuntar sus datos.
  4. Acude al servicio de urgencias lo antes posible, a poder ser el mismo día, para que las lesiones queden reflejadas en el informe médico de urgencias y se acredite el nexo causal con la caída. En todo caso, aconsejamos no dejar transcurrir más de 48 horas.
  5. Ponte en contacto con nosotros lo antes posible para poder asesorarte. ¡El tiempo corre en tu contra!

En RC Plus Abgados te conseguiremos la máxima indemnización, por tu caída en establecimientos públicos, ya que disponemos de un equipo multidisciplinar que luchará por tus intereses ante el Juzgado competente.

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  1. Porque en la mayoría de los casos trabajamos a resultado. Sólo cobramos si tu cobras. ¡Tu interés es el nuestro!
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  3. Porque somos profesionales con más de 15 años de experiencia en reclamaciones por caídas en establecimientos públicosNuestros clientes satisfechos avalan nuestro éxito.
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